¿Qué es la cobertura de incendio en los seguros de hogar?
La cobertura de incendio en los seguros de hogar es una de las coberturas básicas de todo seguro de casa. En ella se contemplan los daños derivados de incendio, caída del rayo y explosión o autoexplosión, cubriendo el 100 por 100 de los capitales de continente y contenido.
Además de esa indemnización económica, la cobertura de incendio de los seguros de hogar también ofrece otro tipo de asistencias ante el siniestro:
- –Tasa Municipal: Es el precio a pagar por la asistencia del servicio contra incendios (Bomberos).
- –Retirada de escombros: Los costes ocasionados por la demolición y retirada de los escombros causados por el siniestro
- –Responsabilidad Civil por Incendio: Estarían cubiertos los daños materiales causados a terceros por el incendio o explosión siempre y cuando se declare al asegurado legalmente responsable del siniestro.
- –Pérdida de alquileres: Si en el momento en el que nuestra vivienda sufre un siniestro causado por incendio, explosión o caída del rayo, ésta estaba alquilada y es declarada inhabitable, el propietario de la vivienda será indemnizado como pago del alquiler que dejará de percibir con un máximo de doce mensualidades.
- –Inhabitabilidad: : Si por un siniestro causado por incendio, explosión o caída del rayo, nuestra vivienda es declarada inhabitable, se cubrirá el traslado y alquiler de una vivienda de características similares hasta que se pueda decretar el regreso al hogar (con un plazo máximo de un año).
En la siguiente tabla mostramos una comparativa de la cobertura de incendio según nuestros diferentes seguros de hogar
*Cuando indicamos un 10% en la tabla, nos referimos a que se cubrirá hasta un 10% del valor del continente y/o el contenido. Por ejemplo, si nuestra vivienda posee unos capitales de 72.000 euros de continente y 26.000 euros de contenido, la cobertura contaría con un valor monetario de 7.200 euros si la cobertura se efectúa sobre el continente (como en la retirada de escombros o la pérdida de alquileres) y de 2.600 euros si la cobertura se efectúa sobre el contenido (como en la cobertura por inhabitabilidad).
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