Uno de los principales servicios que ofrecen los seguros de decesos de Almudena Seguros es la Asistencia legal por fallecimiento, un apoyo fundamental en momentos difíciles. Uno de los trámites más comunes tras la pérdida de un ser querido es la gestión de la herencia, que puede resultar más sencilla si se ha dejado hecho testamento. A continuación, te explicamos los aspectos clave que debes conocer sobre los testamentos y herencias en España.
¿Es obligatorio hacer testamento?
No, el testamento no es obligatorio. Sin embargo, es muy recomendable dejarlo hecho, ya que facilita considerablemente la tramitación de la herencia y evita conflictos o complicaciones legales entre los herederos.
Además, hacer testamento es un trámite sencillo y económico: según el Consejo General del Notariado, su coste medio en España no supera los 100 euros, con independencia del patrimonio del testador. En muchos casos, además, los seguros de decesos incluyen acceso a una red de abogados especializados que pueden asesorarte en este proceso.
¿Cuándo y cuántas veces se puede hacer testamento?
Se puede hacer testamento en cualquier momento de la vida adulta, sin requisitos de edad avanzada o estado de salud. De hecho, pueden redactarse tantos testamentos como se desee: el único válido será el último otorgado, que anulará automáticamente todos los anteriores.
Tipos de testamento en España
En nuestro ordenamiento jurídico existen tres formas principales de testamento:
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Testamento ológrafo: escrito de puño y letra por el testador, fechado y firmado. Para que sea válido, tras el fallecimiento debe presentarse ante notario en un plazo máximo de 10 días desde que se tenga conocimiento del deceso.
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Testamento cerrado: redactado por el testador y entregado en sobre cerrado a un notario, quien deja constancia de su existencia sin conocer su contenido.
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Testamento abierto: el más habitual. Se redacta ante notario en presencia del testador, garantizando su validez formal y legal.
¿Qué contiene un testamento?
El testamento no requiere un inventario de bienes. Lo importante es que el testador indique quiénes serán sus herederos y cómo se repartirán los bienes, respetando siempre los límites legales que marca la legislación en materia de herencia.
¿Qué ocurre si no hay testamento?
En ausencia de testamento, la ley determina quiénes son los herederos legales en función del orden de parentesco (descendientes, ascendientes, cónyuge, etc.). Para ello, los herederos deben solicitar ante notario la declaración de herederos abintestato, un trámite que puede alargarse y generar más gestiones.
¿Puedo dejar mis bienes a quien quiera?
No del todo. En España existe la figura de la legítima, que protege los derechos de los denominados herederos forzosos: hijos, padres y cónyuge.
La legítima impone límites a la libertad de disposición del testador, y su regulación puede variar según la Comunidad Autónoma. Con carácter general (Derecho Común), las reglas son las siguientes:
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Descendientes: tienen derecho a dos tercios de la herencia. Uno se reparte a partes iguales, y el otro (tercio de mejora) puede distribuirse como el testador desee entre los hijos o descendientes.
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Ascendientes: si no hay descendientes ni cónyuge, les corresponde hasta la mitad de la herencia; si hay cónyuge viudo, solo un tercio.
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Cónyuge: tiene derecho al usufructo de parte de la herencia: 1/3 si hay descendientes, 1/2 si hay ascendientes, o 2/3 si no hay ninguno de los anteriores.
¿Se puede desheredar a un heredero forzoso?
Sí, pero solo en los casos previstos por la ley, como el maltrato, el abandono o la negación de alimentos. Además, esta desheredación debe constar expresamente en el testamento y puede ser objeto de impugnación por parte del heredero excluido.
¿Se puede renunciar a una herencia?
Sí, la renuncia a la herencia es posible y debe realizarse mediante escritura pública. Es frecuente cuando el heredero teme que existan más deudas que bienes.
En estos casos, puede solicitarse que la herencia se tramite a beneficio de inventario, lo que limita la responsabilidad del heredero a los bienes heredados, sin que su patrimonio personal se vea afectado.
¿Cómo saber si alguien hizo testamento?
Tras el fallecimiento, es necesario solicitar el Certificado de Últimas Voluntades, que indica si el difunto otorgó testamento, cuándo y ante qué notaría. Este certificado lo puede gestionar el equipo de Asistencia legal por fallecimiento incluido en muchos seguros de decesos.
¿Sabías que Almudena Seguros te acompaña en todos estos trámites?
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