
Verano al volante: infracciones de tráfico propias del verano
Desde que un 1 de julio se lanzase el carné por puntos, allá por 2006, cada “operación verano” ha traído consigo alguna novedad punitiva desde la DGT; este año, tal y como hace pocos días anunciaba el Director de la DGT, se está estudiando aumentar de 3 a 6 la pérdida de puntos por el uso del teléfono móvil al volante (principal causa de accidente por encima del alcohol o la velocidad), e, incluso, la habilitación en los dispositivos móviles de un “modo coche”, que impida cualquier manipulación de los mismos (también la función manos libres). En el artículo de hoy, vamos a repasar las infracciones al volante típicas del verano y las sanciones que conllevan.
Conducir sin camiseta y en chanclas
Es habitual en esta época coger el coche para realizar un trayecto más o menos corto, por ejemplo, volver de la playa al hotel, y hacerlo sin camiseta, o en chanclas, o ambas cosas. Aunque ambas conductas no están tipificadas específicamente en el Reglamento General de Circulación (RGC), la DGT se vale de los artículos 17 y 18 del mismo para considerar motivo de sanción el conducir sin camiseta o con calzado inadecuado, ya que:
- Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos […]
- El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos.
- El conductor está obligado a garantizar su propia seguridad.
De estas tres sentencias se infiere el hecho de que conducir con un calzado que no asegure la sujeción del pie perfectamente pueda mermar la “libertad de movimientos” o el control del vehículo, o que, en caso de accidente, al conducir sin camiseta, el roce del airbag o del cinturón de seguridad pueda ocasionar heridas que atentarían contra la “propia seguridad” que debe garantizarse el conductor. Ambas infracciones no conllevan pérdida de puntos, pero sí acarrear una sanción económica de 80 euros.
Conducir con el brazo por la ventanilla
Otro gesto típico de la conducción estival es el de sacar el brazo o el codo por la ventanilla y ondear ese “vientecillo de la libertad”, pues bien, también del artículo 18 se infiere que si tanto el conductor como el resto de viajeros del vehículo deben mantener, durante todo el trayecto, una posición adecuada, por lo que ese tipo de posturas pueden acarrear también sanciones económicas de 80 euros.
Conducir con el perro asomado por la ventanilla
Y si a nosotros nos gusta esa brisa, qué decir de lo que disfrutan con ella nuestros perros en verano, pero llevar al perro de esa manera o sin la sujeción adecuada u homologada (cajetines, redes u arneses) puede conllevar sanciones económicas que pueden alcanzar los 200 euros, pues tal y como recoge el ya citado artículo 18:
[…] la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.
¿Se puede comer o beber mientras se conduce?
Otra práctica habitual en los desplazamientos veraniegos, dado el calor y las largas horas de carretera, es comer y/o beber mientras conducimos, pero esta acción puede ser sancionada con una multa de 100 euros.
¿Se puede fumar mientras se conduce?
A diferencia de otros países de nuestro entorno, en España no está tipificado que no se pueda fumar mientras se conduce, sin embargo, desde otros ámbitos, la DGT sí conmina a que es preferible no fumar mientras se conduce, con campañas en redes sociales para proteger del humo del tabaco a pasajeros niños y embarazadas, o bien reservando el derecho a la autoridad competente de multar por este hecho si el mismo provoca una distracción grave constatable.
Por otro lado, no está de más recordar que tirar colillas u otros residuos u objetos por la ventanilla durante la circulación conlleva una sanción de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.
¿Se puede multar por no llevar el permiso de circulación encima?
Seguro que casi todos hemos pasado por esta situación: subimos al coche para un trayecto rápido y no pensamos en coger la cartera, pero si la autoridad competente nos para y la solicita, no llevar el permiso de circulación encima es sancionable, pero solo con una multa económica de 10 euros.