Cinco requisitos para acceder a tratamientos de reproducción asistida

Cinco requisitos para acceder a tratamientos de reproducción asistida

Maternidad y reproducción asistida en España

La maternidad se retrasa cada vez más, en concreto, desde 1975, en más de cinco años: si en aquella década, la media de edad a la que una mujer tenía un hijo era de unos 25 años, los últimos datos del INE de 2019 sitúan esta edad en los 32 años, casi rozando los 33 años de edad en caso de mujeres españolas, ya que en ese cómputo general se incluye también la maternidad de mujeres no españolas que tienen una media de maternidad más temprana (sobre los 30 años).

Otros datos que suman más perspectivas al mismo problema, llámesele envejecimiento social, infecundidad etc., es que cada vez es mayor el número de mujeres que no va a tener hijos y la media de hijos por mujer, como observamos en el histórico de la siguiente gráfica:

Un 29% de las mujeres nacidas en los años setenta (que actualmente se encuentra en “edad fértil”) no tendrá hijos, y el 70% restante solo tendrá 1,49 hijos de media.

No vamos a entrar en la multitud de razones que modulan esta situación, signo de nuestros tiempos modernos, pero este “retraso” en la maternidad es paralelo al incremento en el uso de tratamientos de reproducción asistida en España: según la Sociedad Española de Fertilidad (SEF), desde 2003 estamos asistiendo a un “boom” de clínicas privadas de reproducción asistida, con un crecimiento de más del 60% por todo el territorio nacional.

Los 5 requisitos para acceder a tratamientos de reproducción asistida

España es el primer país de la UE y tercero del mundo en brindar estos tratamientos. Pero, ¿cuáles son los requisitos para acceder a tratamientos de reproducción asistida que nos exige la Seguridad Social?

  1. Límite de edad. La Seguridad Social marca un límite de edad de 40 años para las mujeres y de 55 años para los hombres, si bien este límite es burocrático, científicamente no se recomendaría hacer uso de estos tratamientos en mujeres de más de 50 años.

  2. Infecundidad verificada. Antes de la aprobación para la asignación de un tratamiento de reproducción asistida, nos deberemos someter a un examen médico que corrobore la imposibilidad física de poder concebir.

  3. Hijos en común. No se brindarán estos tratamientos a parejas que ya posean hijos en común.

  4. Enfermedades con riesgo de trasmisión, como VIH, Hepatitis C etc.

  5. Límite en el número de ciclos. Se establece un máximo de tres ciclos en fecundación in vitro y cuatro intentos para inseminación artificial con semen conyugal (seis si procede de un donante).

¿Y si no cumplo con los requisitos de los tratamientos de reproducción asistida de la Seguridad Social?

En caso de no cumplir alguno de estos requisitos, sobre todo teniendo en cuenta que la media de edad de las mujeres que demandan estos tratamientos es de 39 años, deberemos acudir a las diferentes clínicas privadas del sector, donde uno de estos tratamientos rondará los 4 mil o 6 mil euros, y esto obviando el resto de inconvenientes que nos puede acarrear el acceso por Seguridad Social: largas listas de espera, muchas de las pruebas necesarias para la efectividad de los tratamientos no está cubierta por la Seguridad Social etc.

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Authored by: SuperAdminTotal