

Seguro de Accidentes Almudena
Porque tu seguridad no tiene precio
La tranquilidad que necesitas, estés donde estés
Aunque los accidentes no se pueden evitar, tu protección sí puede estar garantizada. El seguro de accidentes de Almudena Seguros te ofrece una cobertura completa, estés en casa o de viaje, dentro o fuera de España. Vive con la tranquilidad de saber que tu salud y bienestar están siempre protegidos.

Cobertura integral
Incluye protección en caso de fallecimiento e invalidez permanente total o parcial, asegurando tu tranquilidad y la de tu familia.
Protección en tus viajes
Cobertura ante accidentes incluso cuando estás en el extranjero.
Seguro a tu medida
Posibilidad de elegir garantías y capitales para una protección completamente personalizada.
Anticipo de indemnización
Recibe un adelanto en menos de 72 horas para cubrir el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Indemnización adicional por fallecimiento simultáneo de cónyuges
Si tanto el asegurado como su cónyuge o pareja de hecho registrada fallecen a causa del mismo accidente cubierto por la póliza, se otorgará un capital adicional al contratado.
Las coberturas necesarias para cualquier accidente
Atención médica siempre disponible
Cobertura total: trabajo, hogar y viajes
A tu medida: escoge las garantías que necesitas
Protección por Incapacidad Temporal
Garantías y capitales
Forma de pago
Básica
Opcional
Fallecimiento en caso de accidente
Forma de pago
Anticipo
Básica
Opcional
Anticipo
Adelanto para afrontar el pago del impuesto de sucesiones y donaciones
Forma de pago
Anticipo del 15%
Máx. 12000€ (*) (**)
Básica
Opcional
Anticipo del 15%
Máx. 12000€ (*) (**)
Invalidez permanente por accidente según el baremo detallado en la póliza
Forma de pago
Anticipo (*)
Básica
Opcional
Anticipo (*)
Cobertura total por invalidez permanente en caso de accidente, según el baremo detallado en la póliza
Forma de pago
Anticipo (*)
Básica
Opcional
Anticipo (*)
Invalidez temporal por accidente según el baremo detallado en la póliza
Forma de pago
Anticipo (*)
Básica
Opcional
Anticipo (*)
Fallecimiento por accidente de circulación
Forma de pago
Adicional
Básica
Opcional
Adicional
Invalidez permanente por accidente de circulación según el baremo detallado en la póliza
Forma de pago
Adicional
Básica
Opcional
Adicional
Cobertura total por invalidez permanente en caso de accidente de circulación, según el baremo detallado en la póliza
Forma de pago
Adicional
Básica
Opcional
Adicional
Fallecimiento simultáneo de ambos cónyuges
Forma de pago
Adicional del 50%
Max 90.000€ (**)
Básica
Opcional
Adicional del 50%
Max 90.000€ (**)
Asistencia sanitaria
Forma de pago
3,000/5.000/10,000€
Concertada
(limite 30% no concertada)
Básica
Opcional
3,000/5.000/10,000€
Concertada
(limite 30% no concertada)
Asistencia en viaje
Forma de pago
12.000€ Gastos
Extranjero
Básica
Opcional
12.000€ Gastos
Extranjero
(*) La Inv. Permanente se considera como anticipo de la Garantía de Fallecimiento en el mismo siniestro. La Inv. Temporal se considera anticipo de la garantía que se contrate de Inv. Permanente en el mismo siniestro.
(**) Garantía supeditada a la contratación de la Garantía de Fallecimiento.

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¿Sabes cuáles son los accidentes domésticos más comunes?
Preguntas frecuentes
El propósito principal de un seguro de accidentes es brindar apoyo económico al asegurado o a sus familiares en caso de que sufra un accidente, ya sea en el ámbito personal o laboral, que derive en incapacidad permanente o fallecimiento. Asimismo, puede incluir una indemnización en caso de incapacidad temporal provocada por un accidente.
Los seguros de accidentes suelen ser flexibles en su contratación, permitiendo su adaptación a las necesidades de cada persona o familia. Entre las coberturas más comunes se encuentran:
- Pago de un capital en caso de fallecimiento o incapacidad permanente, total o parcial, debido a un accidente.
- Indemnización diaria por incapacidad temporal causada por un accidente.
- Adelanto de la indemnización para cubrir gastos funerarios y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- Cobertura de traslado y gastos médicos ocasionados por un accidente.
- Protección ante accidentes ocurridos durante viajes al extranjero.
El monto de la indemnización varía según lo acordado en las condiciones particulares de la póliza para cada tipo de accidente cubierto.
Esta cantidad se define en función de las necesidades y preferencias del asegurado, así como de su impacto en la economía familiar.
El costo del seguro varía según cada compañía, ya que cada una aplica distintos criterios para calcular las primas. Para conocer el precio exacto, puedes contactar con una de nuestras Agencias Almudena, quien te proporcionará una cotización personalizada y sin compromiso, adaptada a tu perfil.
A nivel personal, no es obligatorio contar con un seguro de accidentes, pero puede ser una decisión acertada para garantizar protección económica en caso de sufrir un accidente que cause fallecimiento o impida continuar con la actividad laboral. Es una forma de asegurar un respaldo financiero en situaciones complicadas.
Por otro lado, algunas empresas sí están obligadas a contratar un seguro de accidentes colectivo para sus empleados si así lo exige el convenio colectivo.
La principal diferencia entre un seguro de vida y un seguro de accidentes radica en las circunstancias en las que se activan.
Un seguro de vida proporciona una indemnización en caso de fallecimiento, independientemente de la causa (accidente, enfermedad, etc.), mientras que un seguro de accidentes se enfoca específicamente en las lesiones o fallecimiento causados por un accidente, es decir, por una por una causa súbita, violenta, externa y ajena a la intención del asegurado. De este modo, no ofrece protección frente a enfermedades.
Este tipo de seguro está disponible para cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos por la aseguradora. Es especialmente recomendable para trabajadores autónomos, profesionales con ocupaciones de riesgo, personas con cargas familiares, viajeros frecuentes y quienes practican deportes o actividades de alto riesgo.
No existe un período de carencia. La póliza entra en vigor en la fecha establecida en las condiciones particulares, siempre que se haya realizado el pago de la prima correspondiente.