El pasado 6 de marzo entró en vigor, mediante real decreto, la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). A continuación, resumiremos las principales medidas y cambios que va a aportar la LAU al mercado del alquiler en España.
La LAU revisa principalmente cuatro aspectos, el referente a plazos, el referente a beneficios fiscales, el referente a los alquileres turísticos y el referente a desahucios.
Todos estos puntos serán aplicables a los contratos de alquiler realizados desde este pasado 6 de marzo de 2019.
Los beneficios fiscales que contempla la nueva ley están destinados a los inquilinos, que ya no pagarán el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), y a los propietarios de viviendas de protección oficial que sujeten el precio del alquiler a lo marcado por el correspondiente Ayuntamiento o Comunidad Autónoma, quienes podrán obtener bonificaciones en el IBI de hasta el 95%.
En este aspecto, la nueva ley de alquileres modifica la Ley de Propiedad Horizontal otorgando a las comunidades de vecinos, siempre que cuenten con el respaldo de las tres quintas partes de los propietarios, la posibilidad de limitar o regular el uso o actividad de las viviendas del inmueble destinas al alquiler turístico; se contempla, por ejemplo, que la comunidad pudiera obligarlas a contribuir hasta en un 20% más en los gastos comunitarios.
En este aspecto, la LAU modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, obligando al juez que dictamine un desahucio a comunicárselo a los Servicios Sociales, quienes, tras una valoración de la situación de vulnerabilidad del inquilino, pueden interrumpir el desahucio, hasta encontrar una alternativa habitacional para el desahuciado, durante 1 mes en caso de que el arrendador sea particular, y hasta 3 meses en caso de que sea persona jurídica.
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